Página principal » Seguro de salud » ¿Soy elegible para el seguro de salud COBRA?

    ¿Soy elegible para el seguro de salud COBRA?

    Si anticipa un cambio en su vida, la planificación del seguro de salud después de ese cambio es una parte importante para mantener su seguridad financiera y su salud. Una forma popular de obtener un seguro de salud después de un evento importante en la vida es continuar con el seguro de salud patrocinado por su empleador utilizando la cobertura de continuación de COBRA.
    Si se divorcia, se vuelve viuda o viudo, o pierde su trabajo, perder su seguro de salud puede agregar aún más estrés cuando sus mecanismos de afrontamiento ya están al máximo. Si está luchando por encontrar un nuevo trabajo, mudarse, aprender cómo vivir sin un compañero o todas esas cosas a la vez, elegir un nuevo plan de salud en el mercado individual puede ser abrumador (para ser claro, seleccionar un nuevo plan). no es tan difícil como parece, y definitivamente querrá comparar los planes de mercado individuales con la oferta de COBRA que recibe. Pero en algunos casos, continuar con su cobertura actual a través de COBRA será la mejor opción..
    Con la cobertura de continuación de COBRA, no tiene que elegir un plan nuevo. Simplemente continúa con la misma cobertura patrocinada por el empleador que tiene actualmente. No puede encontrar un nuevo médico porque su médico actual no está dentro de la red con su nuevo plan de salud. No se transfieren registros médicos ni prescripciones. Puede continuar con su seguro de salud actual por hasta 18 o 36 meses (dependiendo de sus circunstancias), lo que debería ser el tiempo suficiente para recuperarse y obtener una nueva cobertura..
    Sin embargo, no todos están autorizados a utilizar la ley COBRA para continuar con su seguro de salud. Comprender si es o no elegible para el seguro de salud COBRA lo ayudará a planificar un futuro seguro.
    Para ser elegible para COBRA, debe cumplir con los tres requisitos siguientes:
    1. Su plan de salud actual debe ser sujeto a la COBRA ley. No todos los planes de salud son.
    2. Debes ser considerado un beneficiario calificado de su plan de salud actual.
    3. Debes tener un evento clasificatorio.

    ¿Está mi seguro de salud sujeto a COBRA??

    No todos los planes de salud tienen que ofrecer cobertura de continuación COBRA. Su plan funciona si es un plan grupal ofrecido a través de un empleador del sector privado con al menos 20 empleados de tiempo completo. COBRA también se aplica a la mayoría de los planes de salud estatales y locales..
    No será elegible para COBRA si no hay un plan de salud para continuar porque su empleador quebró. Además, COBRA no se aplica a los planes de salud que ofrece el gobierno federal, las iglesias o algunas organizaciones relacionadas con la iglesia..
    Por ejemplo, cuando renuncié a mi trabajo de enfermería en Florida Hospitals, no era elegible para el seguro de salud COBRA. Esto no tenía nada que ver conmigo; fue porque mi antiguo empleador, Florida Hospitals, es parte de Adventist Healthcare, una organización dirigida por la Iglesia Adventista del Séptimo Día. Debido a que Florida Hospitals es una organización relacionada con la iglesia, su plan de salud para empleados no está sujeto a la ley COBRA.
    Pero cuando dejé mi trabajo en un hospital de Kaiser Permanente, era elegible para el seguro de salud COBRA. Kaiser es un gran empleador, sector privado, no relacionado con la iglesia. El plan de salud de Kaiser estaba sujeto a la ley COBRA; Tenía que ofrecerme la cobertura de continuación de COBRA..

    ¿Soy un beneficiario calificado??

    Para ser considerado un beneficiario calificado, debe estar asegurado por el plan de salud el día antes de que ocurra el evento calificador. Además, debes ser uno de los siguientes:
    • Un empleado del empleador que patrocina el plan de salud..
    • Un cónyuge o ex cónyuge de ese empleado.
    • Un dependiente de ese empleado.
    • Un agente, director o contratista independiente que no sea técnicamente Un empleado, pero que participa en el plan de salud..
    • En algunos casos, puede ser elegible si es un empleado retirado, cónyuge del jubilado o hijo dependiente del jubilado y está perdiendo cobertura porque su empleador anterior está en bancarrota.

    Tengo un evento de calificación?

    Lo que califica como un evento de la vida depende de si usted es el empleado que pierde la cobertura, o un cónyuge o dependiente de ese empleado. El evento de tu vida te calificará para la cobertura COBRA si eres el empleado y:
    • Estas despedido.
    • Tu renuncias.
    • Estás despedido, pero no por mala conducta, como robar o asaltar al jefe.
    • Su empleo termina por cualquier otra razón..
    • Todavía está empleado, pero sus horas se reducen a un nivel que le hace perder su beneficio de seguro de salud (esto puede ser un cambio voluntario en las horas que solicita, o un cambio que le impone su empleador; de cualquier manera, Sería elegible para continuar su cobertura con COBRA).
    El evento de tu vida te calificará para la cobertura COBRA Si eres el cónyuge o dependiente del empleado cubierto y está perdiendo cobertura porque:
    • Una de las cosas anteriores le sucedió al empleado..
    • El empleado se está volviendo elegible para Medicare. Si esta es su situación, ¿descubre sus opciones sobre la pérdida de su seguro de salud porque su cónyuge está obteniendo Medicare? "
    • El empleado murio.
    • Estás divorciado o separado legalmente del empleado.
    • Usted es un adulto joven y está perdiendo su estado de dependiente con el plan de salud. Si esta es su situación, descubra sus opciones sobre cumplir los 26 años y ser expulsado del seguro de salud de sus padres.

    ¿Cómo sabe mi plan de salud para ofrecerme COBRA??

    Si es elegible para el seguro de salud COBRA, no recibirá un aviso de elección de COBRA de su plan de salud si el plan de salud no sabe acerca de su evento que cambia su vida. Alguien tiene que decirle al administrador del plan de salud. Esto se conoce como "dar aviso de evento calificado".
    El empleador le informará a su plan de salud si su pérdida de cobertura se debe a la terminación del empleado, a la muerte del empleado, a la elegibilidad del empleado de Medicare o a la reducción de las horas de trabajo de los empleados. Sus tu responsabilidad para informarle a su plan de salud si su pérdida de cobertura se debe a un divorcio, separación legal o un adulto joven que pierde el estado de dependiente según las reglas del plan.
    En algunos casos, puede verse tentado a negar el aviso. Si el empleador y el plan de salud no saben que está legalmente separado, puede pensar que no tendrá que pagar las primas del seguro de salud de COBRA. Simplemente continuaría con la cobertura conyugal como si fuera una pareja casada. Piensa otra vez.
    Tu eres necesario Para dar aviso de evento de calificación de manera oportuna. No dar aviso de evento calificado es un tipo de fraude; Básicamente, usted está robando la cobertura de seguro de salud para la cual ya no es elegible. El empleador puede exigir el reembolso de su parte de las primas mensuales pagadas por la cobertura que ya no era elegible para recibir. El plan de salud puede exigir el reembolso de la atención médica que pagó mientras recibió la cobertura de manera fraudulenta.
    Dicho esto, no es necesario que avise mientras está pasando por un proceso de divorcio o separación legal. No está obligado a dar aviso hasta que realmente se lleve a cabo el divorcio o la separación legal..

    ¿Cómo debo decidir si continuar mi cobertura con COBRA??

    Si tiene la opción de continuar su plan de salud con COBRA, no tiene que decidir de inmediato. Tendrá una ventana de 60 días durante los cuales puede inscribirse en COBRA (comienza el día en que recibe la notificación de COBRA, o el día en que la cobertura patrocinada por su empleador terminaría, lo que ocurra más adelante).
    Por lo tanto, si su cobertura está programada para el 30 de junio, puede pensar en ello por un tiempo y luego inscribirse en COBRA en agosto. Tendría que pagar las primas de julio y agosto en ese momento, ya que COBRA está diseñado para que sea una cobertura perfecta: el plan que tenía a través de su trabajo continúa cubriéndolo sin interrupciones..
    En esa situación, también tiene un período de inscripción especial durante el cual puede elegir un plan en el mercado individual, ya sea a través del intercambio en su estado o directamente a través de una aseguradora (asegúrese de usar el intercambio si es elegible para la prima). subsidios, ya que no están disponibles fuera del intercambio).
    Su período de inscripción especial para la cobertura del mercado individual comienza 60 días antes de que finalice el plan patrocinado por su empleador y continúa por otros 60 días después. Usted tiene acceso al período de inscripción especial independientemente de si tiene la opción de continuar con el plan patrocinado por su empleador con COBRA. Y su período de inscripción especial en el mercado individual continúa durante los 60 días completos posteriores a la finalización del plan patrocinado por su empleador, incluso si eliges COBRA durante ese tiempo.
    Así que puede tomarse su tiempo y comparar COBRA con las opciones que están disponibles en el mercado individual. Pero una vez que se cierra la ventana de elecciones de COBRA, no se puede volver a abrir. Y si pierde su período de inscripción especial para la cobertura del mercado individual, tendrá que esperar al próximo período de inscripción abierta anual (del 1 de noviembre al 15 de diciembre en la mayoría de los estados) si decide inscribirse en un plan de mercado individual en lugar de COBRA (si elige COBRA y luego agota completamente la cobertura, tendrá la oportunidad de inscribirse en un plan de mercado individual o en un plan de un nuevo empleador) en ese momento, ya que la finalización de su cobertura COBRA provocaría una período de matrícula. Pero voluntario la terminación de su plan COBRA no generaría un período de inscripción especial).